martes, 22 de octubre de 2013

La decisión de Estrasburgo

La propuesta de abolir la famosa doctrina Parot, ha sido aceptada por la Audiencia Nacional y esto podría suponer la excarcelación de terroristas, entre ellos sanguinarios etarras, condenados a más de 30 años de prisión y la indemnización por aquellos que han superado éstos. Entre esos delincuentes se encuentra una miembro de la organización terrorista  ETA, Inés del Río, a la que se le indemnizará, pues habría cumplido 5 años de lo que debería haber pagado si se hubieran consumado los pronósticos del Código Penal de 1973 (debería de haber salido en el año 2008).


Hace unos días, la TEDH (Gran Sala del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos) ha refutado la conocida ya doctrina parot, con la cual se tomaban las condenas y beneficios penitenciarios por cada uno de los delitos por separado,   con la violación del artículo 7 y 5.1 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, y, en definitiva, declara por unanimidad tumbar este recurso español contra el Código Penal, ya actualmente derogado,  y la doctrina de doble cómputo penal y pide excarcelar inmediatamente de la prisión de Teixeiro (A Coruña) a la etarra Inés del Río, condenada a 3838 años y un día de cárcel por 24 asesinatos apoyado en la doctrina Parot, junto a otros 60 etarras con múltiples delitos de sangre.
Este repudio de la TEDH contra este sistema, ha sido aceptado y formalizado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional derogando así este procedimiento penal y abriendo las puertas a presos con graves delitos que se refugiaban en él.
Sin embargo, la propuesta conlleva a indemnizar a aquellos encarcelados que han superado más años que los que se estimarían por el Código Penal de 1973, el cual limita el tiempo en prisión a 30 años, algo que ha recordado la Sala de lo Penal, por lo que es necesario de formalizar si se abola la doctrina parot.
En esta diapositiva de slideshare encontrarás el documento original del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), en donde Estrasburgo toma su decisión de abolir este mecanismo español.


 En conclusión, Audiencia Nacional acepta la abolición para excarcelar a los delincuentes por una condena bajo la doctrina parot y su indemnización por permanecer más años en la cárcel, algo que ha llevado mucha polémica y que lo juzgan de inmoral e improcedente.

Mas, ¿es esto ético? ¿qué piensan las familias sobre esto? ¿qué pensarías tú si el asesino de tu hijo se pone en libertad? ¿Acaso no encarcelamos a los delincuentes para que sean seguras las calles? ¿Por qué los excarcelamos en tan breve período de tiempo, si las calles volverán a llenarse de peligros? ¿Son merecedores de una indemnización esos asesinos después de haberse robado todas aquellas vidas? ¿Son, entonces, merecedores de una nueva oportunidad de libertad?
 
Para más información, visita las fuentes de las que se ha sacado esta información:
http://politica.elpais.com/politica/2013/10/22/actualidad/1382423724_548038.html

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/10/17/espana/1382000594.html

http://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_Parot

http://www.slideshare.net/ComunaJuridica/sentencia-estrasburgo-doctrina-parot?from_search=1

Fuentes de imágenes:

 http://estaticos.elmundo.es/elmundo/imagenes/2013/10/16/espana/1341914123_0.jpg







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